CORONACIÓN CANÓNICA: 10 Días - Santa María del Valle, una Devoción Medieval.

El Testamento de 1441 en el que se cita a Santa María del Valle de La Palma.
Este hallazgo documental sorprendía a todos los lectores de la extraordinaria Revista editada por la Hermandad de Nuestra Señora del Valle con motivo de sus anuales cultos agosteños y dedicada especialmente a la Coronación Canónica.
En esta edición, D. Juan Castizo Reyes, archivero municipal de La Palma, firmaba un interesante artículo en el que se hacía público este documento, que viene a verificar la existencia y el arraigo popular de la devoción a Nuestra Señora del Valle ya en el medievo, concretamente en el siglo XV. El Testamento fechado a jueves 20 de julio de 1441, está extraído del Archivo Histórico Provincial de Sevilla, concretamente del legajo que contiene el Registro Notarial del escribano público Gonzalo Bernal, que tenía despacho abierto en dicha ciudad, cerca de la puerta de Triana. Ante él compareció para formalizar su testamento el vecino del viejo arrabal, guarda y collación de Sevilla, Alfonso Sánchez [de la] Torre, quien manda “que paguen de sus bienes a Santa María del Valle de la Palma de donna Juana, quarenta e ocho libras de çera quél ovo prometido”.
Hoy, cuando faltan 10 días para la Coronación Canónica de nuestra Excelsa Patrona, les dejamos ese artículo, así como distintas fotografías de este documento y su transcripción completa, material inédito que hasta ahora no se había publicado.
Agradecemos a D. Juan Castizo Reyes la cesión de estos archivos que hacemos público, para dar a conocer este reseñable descubrimiento que viene a aportar un dato más a la historia de la devoción de la Virgen del Valle.

Ver Artículo de D. Juan Castizo Reyes:

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Transcripción Documental

1441, julio, 20
AHS, Registro notarial de Gonzalo Bernal, asiento 66.

En el nombre de Dios. Amén. Faze su testamento Alfonso Sánchez [de la] Torre, azemilero, marido de Juana Gonçález, vezino de Triana, guarda e collaçión de Seuilla,. Estando enfermo, eçétera, e en su acuerdo, eçétera.
Estas con las mandas que manda: su ánima a Dios. Quando finamiento ´del acaeciere, manda que lo entierren en la iglesia de Santa Ana de Triana, en la sepultura quél y tiene; e manda a la obra de Santa Ana, çinco maravedíes; e a la Cruzada, vn maravedí; e manda a las órdenes de la Santa Trinidad e de Santa María de la Merced, a cada orden, vn maravedí; e a Sant Lázaro, vn maravedí; e a Santa María de la See de Seuilla, por ganar los perdones, seys maravedíes e vn dinero. Manda quel día de su finamiento e al su enterramiento que le digan en la dicha iglesia quatro misas rezadas e que le fagan e digan todas las otras misas e onrras e obsequias que sus albaçeas quisieren, eçétera.
E Confiesa que le deue Diego de Torreblanca, vezino del dicho lugar de Torreblanca, doscientos e veynte maravedíes que le fincan por pagar de çierto borujo quel dicho Alonso Sánchez por él pagó a Nicolás Fernández de la Vega, vezino de Triana; e que le deue Ballestero, que mora en cal de Catalanes, çiento e diez maravedíes que le pagó por vna ballesta e ge la non dio.
E confiesa, por decir verdad e guardar salud de su ánima, que al tiempo quél casó con la dicha su muger, que reçebió con ella en casamiento fasta en contía de dos mill maravedíes en ropas de axuar, açétera; juró, eçétera. Manda que la dicha su muger se prouea e mantenga en todos los días de su vida e aya e biua las rentas e frutos dellos e después quede a sus herederos.
E manda a Leonor, su criada, fija de Juana Fernández Serrana, quinientos maravedíes por seruiçio que le fizo.
E manda a Antón, su hermano, dos mill e quinientos maravedíes por seruiçio que le fizo, demás de la parte quel dicho Antón oviere de aver e heredar de sus bienes, eçétera.
E manda que paguen de sus bienes a Santa María del Valle de la Palma de donna Juana, cuarenta e ocho libras de çera quél ovo prometido.
Herederos: el dicho Antçón, su hermano, e Catalina, sobreina del dicho [Alonso] Sánchez, fija de Catalina Sánchez, su hermana, que Dios perdona, eçétera.
Albaceas: la dicha su muger e Alfonso Fernández Mostrenco, su vezino; dáles poder, eçétera; reuocar, eçétera. Manda al dicho Alfonso Fernández Mostrenco por el trabajo que ha de tomar en el dicho albaçeadgo, treynta maravedíes, eçétera.


Alfonso Rodríguez [rúbrica]. García Gonçález [rúbrica]. Ferrand Gutiérrez [rúbrica]

Fotos: Testamento de 1441 de D. Alfonso Sánchez